Ampliación del bono social eléctrico

Ampliación del bono social eléctrico

Como medidas de acción urgente, el actual bono social eléctrico amplía su cobertura. Entre otras cuestiones, el Real Decreto-Ley prohíbe el corte de suministro en los hogares acogidos al bono social donde viva al menos un menor de 16 años. Esta medida se hace extensiva también a los hogares donde resida al menos una persona con un nivel de discapacidad del 33% o superior. De igual modo, se aplicará cuando resida en la vivienda al menos una persona en situación de dependencia en Grado II y III. Estas circunstancias, que deberán evaluarse y acreditarse mediante certificados expedidos por los servicios sociales, no estaban contempladas en la anterior regulación del bono.


Por otro lado, y con el objeto de que más familias monoparentales puedan acceder al bono social, se determinan criterios de renta específicos para estos colectivos, más susceptibles al riesgo de pobreza energética, especialmente en el caso de las mujeres: el 85% de los hogares monoparentales tienen al frente a la madre. El umbral de renta máximo para que una familia monoparental pueda acceder al bono social se incrementará en 0,5 veces el IPREM respecto al de las familias biparentales.

Los límites de consumo de energía con derecho a descuento se amplían un 15% con dos objetivos: compensar los incrementos de precios y acercarse más a los consumos reales de los hogares más vulnerables. Asimismo, el cómputo de consumo anual con derecho a descuento que se liquidaba cada mes, se flexibiliza. Ahora la energía con derecho a descuento no consumida un mes, puede utilizarse en otro momento. Se facilita así la protección de los hogares durante los meses de mayor consumo, que suelen corresponderse con los de temperaturas más bajas.

La norma aprobada también prorroga el plazo para renovar el bono social eléctrico a aquellos consumidores que estuvieran acogidos al bono social antiguo, cuyo plazo de renovación acababa el 8 de octubre. El nuevo plazo es el 31 de diciembre. De esta manera, quien solicite la renovación del bono después de 8 de octubre y cumpla los requisitos, no verá interrumpido el acceso al descuento.
Por último, el Gobierno endurece las medidas sancionadoras a las empresas comercializadoras, que gestionan y financian el bono social. Por ejemplo, aquellas que impongan injustificadamente condiciones, dificultades o retrasos en relación con la tramitación de las solicitudes podrían ser sancionadas con multas de hasta 60 millones de euros, en el caso de infracciones muy graves.